Continuamos aquí el análisis de las dos leyes anunciadas en octubre por el MAGRAMA y que, en función de su configuración definitiva, pueden suponer un verdadero revulsivo para la cadena de valor agroalimentaria española:
El principal instrumento que se utiliza para lograr el objetivo de entidades asociativas más grandes y eficientes es el de la “entidad asociativa prioritaria”, un reconocimiento que suponemos concederá el Ministerio y que requerirá de una dimensión mínima y que tendrá carácter supra autonómico, lo que entendemos es indispensable para lograr que el instrumento sea operativo y pueda lograr dimensiones eficientes, superando las barreras que en ocasiones imponen las legislaciones autonómicas. Lograr este reconocimiento para la cooperativa, SAT u Organización de Productores supondrá la prioridad a la hora de obtención de ayudas y beneficios, formación y asistencia técnica, seguros agrarios combinados, procesos de innovación, incorporación de tecnologías y financiación preferente.
Se desconocen de momento los pormenores de esta nueva legislación, pero los mimbres parecen señalar en la dirección correcta. No obstante, se corre el peligro de un diseño de incentivos que facilite la suma de problemas e ineficiencias para el logro de las ayudas y ganar tiempo, antes que la búsqueda de complementariedades y el fortalecimiento de las ventajas competitivas.
Asimismo, la Ley relativa a la cadena agroalimentaria trae consigo la obligación de la formalización de contratos, la prohibición de los pagos comerciales no contemplados en dicho contrato y la libre adhesión a códigos de buenas prácticas. Nada de lo propuesto es nuevo, muchas de las medidas propuestas ya funcionan en otros países. De hecho, aquí se ha optado por un modelo mixto, entre el anglosajón autorregulado y el continental administrado. El objetivo final es que el mercado gane en transparencia, que permita unas relaciones más equilibradas entre los distintos eslabones de la cadena. Y, para que el sistema funcione, se establecen un mecanismo de control (el observatorio de la cadena alimentaria) y un régimen sancionador.
Entendemos que este nuevo andamiaje legal puede contribuir a que el sector agroalimentario español (y especialmente el de origen cooperativo) encare con éxito esta nueva década. No obstante, hay que lograr que lo que hoy son anteproyectos de Ley entren en vigor cuanto antes, a ser posible dentro de esta misma legislatura, y que tanto los incentivos en la Ley de asociacionismo agrario, como las sanciones en el caso de la Ley de mejora de la cadena alimentaria se diseñen con el suficiente tino como para que surtan efecto. También sería de agradecer una unanimidad por parte de los grupos parlamentarios en su aprobación, y que cualquier salvedad por parte de la Comisión Nacional de la Competencia tenga en cuenta la realidad del mercado (como bien define ella mismos en su informe de 2011).
En cualquier caso, se abre ante nosotros una verdadera ventana de oportunidad institucional. Ambas leyes pueden fortalecer nuestro sistema productivo, pueden mejorar su capacidad de resistencia y de resiliencia y, por tanto, no podemos dejar pasar la ocasión. El sector debe transmitir al Ministerio la urgencia de la puesta en marcha de ambas iniciativas legales, al tiempo que prepara sus estructuras para la misma. Nunca antes había existido un clima tan favorable para propiciar el crecimiento dimensional de las empresas comercializadoras.
Pero, al mismo tiempo, no se debe dejar de mimar y cuidar el principal activo toda la cadena: el binomio producto-consumidor.
Continuamos aquí el análisis de las dos leyes anunciadas en octubre por el MAGRAMA y que, en función de su configuración definitiva, pueden suponer un verdadero revulsivo para la cadena de valor agroalimentaria española:
El principal instrumento que se utiliza para lograr el objetivo de entidades asociativas más grandes y eficientes es el de la “entidad asociativa prioritaria”, un reconocimiento que suponemos concederá el Ministerio y que requerirá de una dimensión mínima y que tendrá carácter supra autonómico, lo que entendemos es indispensable para lograr que el instrumento sea operativo y pueda lograr dimensiones eficientes, superando las barreras que en ocasiones imponen las legislaciones autonómicas. Lograr este reconocimiento para la cooperativa, SAT u Organización de Productores supondrá la prioridad a la hora de obtención de ayudas y beneficios, formación y asistencia técnica, seguros agrarios combinados, procesos de innovación, incorporación de tecnologías y financiación preferente.
Se desconocen de momento los pormenores de esta nueva legislación, pero los mimbres parecen señalar en la dirección correcta. No obstante, se corre el peligro de un diseño de incentivos que facilite la suma de problemas e ineficiencias para el logro de las ayudas y ganar tiempo, antes que la búsqueda de complementariedades y el fortalecimiento de las ventajas competitivas.
Asimismo, la Ley relativa a la cadena agroalimentaria trae consigo la obligación de la formalización de contratos, la prohibición de los pagos comerciales no contemplados en dicho contrato y la libre adhesión a códigos de buenas prácticas. Nada de lo propuesto es nuevo, muchas de las medidas propuestas ya funcionan en otros países. De hecho, aquí se ha optado por un modelo mixto, entre el anglosajón autorregulado y el continental administrado. El objetivo final es que el mercado gane en transparencia, que permita unas relaciones más equilibradas entre los distintos eslabones de la cadena. Y, para que el sistema funcione, se establecen un mecanismo de control (el observatorio de la cadena alimentaria) y un régimen sancionador.
Entendemos que este nuevo andamiaje legal puede contribuir a que el sector agroalimentario español (y especialmente el de origen cooperativo) encare con éxito esta nueva década. No obstante, hay que lograr que lo que hoy son anteproyectos de Ley entren en vigor cuanto antes, a ser posible dentro de esta misma legislatura, y que tanto los incentivos en la Ley de asociacionismo agrario, como las sanciones en el caso de la Ley de mejora de la cadena alimentaria se diseñen con el suficiente tino como para que surtan efecto. También sería de agradecer una unanimidad por parte de los grupos parlamentarios en su aprobación, y que cualquier salvedad por parte de la Comisión Nacional de la Competencia tenga en cuenta la realidad del mercado (como bien define ella mismos en su informe de 2011).
En cualquier caso, se abre ante nosotros una verdadera ventana de oportunidad institucional. Ambas leyes pueden fortalecer nuestro sistema productivo, pueden mejorar su capacidad de resistencia y de resiliencia y, por tanto, no podemos dejar pasar la ocasión. El sector debe transmitir al Ministerio la urgencia de la puesta en marcha de ambas iniciativas legales, al tiempo que prepara sus estructuras para la misma. Nunca antes había existido un clima tan favorable para propiciar el crecimiento dimensional de las empresas comercializadoras.
Pero, al mismo tiempo, no se debe dejar de mimar y cuidar el principal activo toda la cadena: el binomio producto-consumidor.