Una cooperativa es, ante todo, una empresa. El objetivo primario de sus socios es lograr un flujo de ingresos decente y, si fuera posible, creciente. El espíritu que empujaba a los pioneros de Rochdale debía ser muy parecido a ese. La esencia de la cooperativa es la puesta en común de una serie de recursos (trabajo y capital) para llevar a cabo una actividad económica beneficiosa para los socios. Pensar que su esencia es el beneficio cero es una necedad y un error de planteamiento propio de quien desconoce la naturaleza humana (que, dicho sea de paso, es el verdadero objeto de estudio de la economía).

La reciente caída de Fagor y algunas de las empresas asociadas al Grupo Cooperativo Mondragón ha puesto en solfa todo el modelo. Las cooperativas han pasado a ser consideradas como un anacronismo, como una rara avis en medio de la gran corriente del capitalismo. Y los números así parecen confirmarlo. Crear cooperativas no está de moda. De hecho su número hoy es menor que al principio de la crisis y, desde 2003 se viene comportando de forma menos positiva que en el resto de años.

Evolución del número de empresas y de cooperativas en España. Índice 1999=100.


Fuente: Directorio Central de Empresas. DIRCE, INE.

¿Entonces es verdad que está en crisis el modelo cooperativo? ¿Y eso de que era mucho más estable en términos de mantenimiento del empleo? Desde luego, es cierto que algo no marcha bien en la creación de cooperativas desde 2003. Posiblemente, la eclosión de otras modalidades de empresas de naturaleza similar pero de mayor facilidad de creación y con mayores posibilidades de gestión, tales como las SLL y las SAT, tengan mucho que ver en ello.

Por otro lado, es posible que esta figura empresarial sea una de las más reguladas de España. No en vano existen actualmente 18 leyes de cooperativas, tras la reciente aprobación de la cántabra. El tratamiento separado de esta figura económica está provocando una de las más notorias fragmentaciones del mercado nacional, situación a la que se le atribuye una importante incidencia en el lento proceso de concentración de la oferta cooperativa agraria. Y la solución que se encuentra es, claro, otra ley: la de Integración Cooperativa.

Es obvio que el cooperativismo se encuentra de nacimiento con algunas dificultades relacionadas con la variabilidad de su capital social, la toma de decisiones (el principio un socio un voto) o la adhesión a unos principios con los que, seguramente, no estarán al 100% de acuerdo los socios o que, probablemente, serán desconocidos por la mayoría.

Sin embargo, las mayores cooperativas del mundo resulta que se encuentran en algunos de los países más integristas en lo que a la defensa de la economía de mercado se refiere (la mayor del mundo es de EEUU). Hace unos años, un trabajo publicado por la Fundación Cajamar ponía de manifiesto la vigencia y buena salud del cooperativismo agroalimentario en algunos países europeos. La gran diferencia que aquel trabajo encontraba entre las realidades de los distintos países con respecto al nuestro era precisamente la profusión de normas regulatorias en nuestro ordenamiento.. En algunos casos extremos ni siquiera había legislación sobre cooperativas, siendo ésta una forma jurídica más entre las que los promotores de una empresa podían optar. En España da la impresión de que el legislador cree que las cooperativas deben ser tuteladas, que no están preparadas para defenderse en el mercado en términos de igualdad con el resto de empresas. Circunstancia que es errónea, ya que de cara a los consumidores no existen diferencias a la hora de decidir la compra.

En resumen, no creo que el modelo cooperativo esté superado, creo que en España no le dejamos madurar, no le dejamos evolucionar y lo estamos convirtiendo en un fósil viviente en el peor de los casos, o en una opción empresarial fuertemente ideologizada y dogmática. Si lo liberásemos de tantos anclajes artificiales y lo tratásemos como un modelo adulto, seguramente, tendríamos como resultado un tejido cooperativo sustancialmente más dinámico e innovador.

Continuamos aquí el análisis de las dos leyes anunciadas en octubre por el MAGRAMA y que, en función de su configuración definitiva, pueden suponer un verdadero revulsivo para la cadena de valor agroalimentaria española:


El principal instrumento que se utiliza para lograr el objetivo de entidades asociativas más grandes y eficientes es el de la “entidad asociativa prioritaria”, un reconocimiento que suponemos concederá el Ministerio y que requerirá de una dimensión mínima y que tendrá carácter supra autonómico, lo que entendemos es indispensable para lograr que el instrumento sea operativo y pueda lograr dimensiones eficientes, superando las barreras que en ocasiones imponen las legislaciones autonómicas. Lograr este reconocimiento para la cooperativa, SAT u Organización de Productores supondrá la prioridad a la hora de obtención de ayudas y beneficios, formación y asistencia técnica, seguros agrarios combinados, procesos de innovación, incorporación de tecnologías y financiación preferente.

Se desconocen de momento los pormenores de esta nueva legislación, pero los mimbres parecen señalar en la dirección correcta. No obstante, se corre el peligro de un diseño de incentivos que facilite la suma de problemas e ineficiencias para el logro de las ayudas y ganar tiempo, antes que la búsqueda de complementariedades y el fortalecimiento de las ventajas competitivas.

Asimismo, la Ley relativa a la cadena agroalimentaria trae consigo la obligación de la formalización de contratos, la prohibición de los pagos comerciales no contemplados en dicho contrato y la libre adhesión a códigos de buenas prácticas. Nada de lo propuesto es nuevo, muchas de las medidas propuestas ya funcionan en otros países. De hecho, aquí se ha optado por un modelo mixto, entre el anglosajón autorregulado y el continental administrado. El objetivo final es que el mercado gane en transparencia, que permita unas relaciones más equilibradas entre los distintos eslabones de la cadena. Y, para que el sistema funcione, se establecen un mecanismo de control (el observatorio de la cadena alimentaria) y un régimen sancionador.

Entendemos que este nuevo andamiaje legal puede contribuir a que el sector agroalimentario español (y especialmente el de origen cooperativo) encare con éxito esta nueva década. No obstante, hay que lograr que lo que hoy son anteproyectos de Ley entren en vigor cuanto antes, a ser posible dentro de esta misma legislatura, y que tanto los incentivos en la Ley de asociacionismo agrario, como las sanciones en el caso de la Ley de mejora de la cadena alimentaria se diseñen con el suficiente tino como para que surtan efecto. También sería de agradecer una unanimidad por parte de los grupos parlamentarios en su aprobación, y que cualquier salvedad por parte de la Comisión Nacional de la Competencia tenga en cuenta la realidad del mercado (como bien define ella mismos en su informe de 2011).

En cualquier caso, se abre ante nosotros una verdadera ventana de oportunidad institucional. Ambas leyes pueden fortalecer nuestro sistema productivo, pueden mejorar su capacidad de resistencia y de resiliencia y, por tanto, no podemos dejar pasar la ocasión. El sector debe transmitir al Ministerio la urgencia de la puesta en marcha de ambas iniciativas legales, al tiempo que prepara sus estructuras para la misma. Nunca antes había existido un clima tan favorable para propiciar el crecimiento dimensional de las empresas comercializadoras.

Pero, al mismo tiempo, no se debe dejar de mimar y cuidar el principal activo toda la cadena: el binomio producto-consumidor.

(Este artículo ha sido publicado inicialmente en El Economista: http://www.eleconomista.es/andalucia/noticias/4372678/11/12/Cadena-alimentaria-ano-0.html )

El 19 de octubre, el Ministerio de Agricultura elevaba al consejo de ministros dos proyectos de ley que tienen potencial para transformar el panorama de nuestra cadena de distribución agroalimentaria. Desde estas páginas se ha mantenido en diversas ocasiones la necesidad (urgente) de tomar medidas que permitieran reequilibrar el poder en la cadena. El éxito de las empresas de distribución minorista les ha llevado a alcanzar un dominio tal que deja potencialmente desprotegidos a los demás agentes aguas arriba.

La comparación con otros países de nuestro entorno pone de manifiesto que el grado de concentración de las ventas minoristas puede ser incluso más amplio que en España. En algunos países nórdicos, sólo 3 cadenas se reparten en torno al 80 por ciento de las ventas. Al mismo tiempo, es precisamente en esos países en los que el movimiento cooperativo agroalimentario ha generado sus especímenes más desarrollados. Se diría que el propio crecimiento de los minoristas ha provocado la reacción en el otro extremo de la cadena.

En España, sin embargo, el panorama es de una concentración creciente de la distribución, que ya ha alcanzado tamaños impresionantes, al tiempo que se mantiene la atomización del resto de los miembros de la cadena, particularmente en el primer eslabón. El informe que en 2011 presento la Comisión Nacional de la Competencia señalaba algunas deficiencias en el funcionamiento de esta cadena e identificaba comportamientos abusivos por parte de la distribución. Fue, posiblemente, la gota que colmó el vaso.

Los objetivos de los dos proyectos de ley son claros. La Ley de fomento de la integración cooperativa busca aumentar el tamaño y la modernización de los agentes del principio de la cadena, mientras que la Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena agroalimentaria persigue reequilibrar el funcionamiento de la misma, haciéndola más eficaz y, sobre todo, más transparente. A nadie se le puede escapar la clara relación entre ambas.

La discusión sobre las herramientas de una y otra ley las dejaremos para un momento posterior. Valga ahora insistir en el potencial modificador que estos dos proyectos de ley suponen (siempre que logren sus objetivos) y la constatación de que el Ministerio de Agricultura ha vuelto y está decidido a que se note. Y uno, que aún cree en el poder transformador de las leyes y de las instituciones, se alegra de lo uno y de lo otro.